IVA Reducido

 *Requisitos de personas en situación de discapacidad justificada:

  • Aquellas personas con una situación de discapacidad superior al 33 % y MOVILIDAD REDUCIDA, se le podrán aplicar el 4% de IVA.
  • Aquellas personas con una situación de discapacidad superior al 64 % CON o SIN movilidad reducida, se le podrán aplicar el 4% de IVA.

Quedan fuera de la acogida a esta reducción de IVA los usuarios que presenten los siguientes casos:

  • Aquellas personas con una situación de discapacidad superior al 33 % e inferior al 65% SIN movilidad reducida, se le aplicará el IVA correspondiente al que esté sujeto el producto en ese momento (10% o 21%)
  • Aquellas personas con una situación de discapacidad inferior al 33 % CON o SIN movilidad reducida, se le aplicará el IVA correspondiente al que esté sujeto el producto en ese momento (10% o 21%)

Documentos relacionados:

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Si cumples los requisitos explicados anteriormente, envíanos una copia de la tarjeta de discapacidad y tu DNI por las dos caras. Podrás adjuntar tus datos cumplimentando el siguiente formulario.








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    Productos a los que se aplica el IVA reducido:

    • Prótesis, ortesis, ortoprótesis e implantes quirúrgicos, en particular los previstos en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, incluyendo sus componentes y accesorios.
    •  Sillas terapéuticas y de ruedas, así como los cojines antiescaras y arneses para el uso de las mismas, muletas, andadores y grúas para movilizar personas con discapacidad.
    •  Plataformas elevadoras, ascensores para sillas de ruedas, adaptadores de sillas en escaleras, rampas portátiles y barras autoportantes para incorporarse por sí mismo.
    •  Aparatos y demás instrumental destinados a la reducción de lesiones o malformaciones internas, como suspensorios y prendas de compresión para varices.
    • Los equipos médicos, aparatos y demás instrumental, destinado a compensar un defecto o una incapacidad, que estén diseñados para uso personal y exclusivo de personas con deficiencia visual y auditiva.
    • Los siguientes productos de apoyo que estén diseñados para uso personal y exclusivo de personas con deficiencia física, mental, intelectual o sensorial:
      • Productos de apoyo para vestirse y desvestirse: calzadores y sacabotas con mangos especiales para poder llegar al suelo, perchas, ganchos y varillas para sujetar la ropa en una posición fija.
      • Productos de apoyo para funciones de aseo: alzas, reposabrazos y respaldos para el inodoro.
      • Productos de apoyo para lavarse, bañarse y ducharse: cepillos y esponjas con mangos especiales, sillas para baño o ducha, tablas de bañera, taburetes, productos de apoyo para reducir la longitud o profundidad de la bañera, barras y asideros de apoyo.
      • Productos de apoyo para posibilitar el uso de nuevas tecnologías de la información y comunicación, como ratones por movimientos cefálicos u oculares, teclados de alto contraste, pulsadores de parpadeo, software para posibilitar la escritura y el manejo del dispositivo a personas con discapacidad motórica severa a través de la voz.
      • Productos de apoyo y dispositivos que posibilitan a personas con discapacidad motórica agarrar, accionar, alcanzar objetos: pinzas largas de agarre y adaptadores de agarre.
      • Estimuladores funcionales.
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